Cómo calcular el IVA y el IRPF de una factura de autónomo
Si eres autónomo en España, cada factura que emites a una empresa o a otro profesional suele llevar dos impuestos que van en direcciones opuestas: el IVA, que se suma a tu precio, y la retención de IRPF, que se resta. El resultado es lo que tu cliente te paga de verdad.
La fórmula es sencilla. Partes de la base imponible, que es tu precio sin impuestos. Le sumas el IVA (base × tipo de IVA) y le restas la retención (base × tipo de IRPF). Por ejemplo, con una base de 1.000 €, un IVA del 21 % y una retención del 15 %: 1.000 + 210 − 150 = 1.060 € a cobrar.
¿Y si sé cuánto quiero cobrar en total?
Pasa mucho: acuerdas con el cliente un importe final y necesitas saber qué base poner en la factura. Para eso tienes la opción «Tengo el total a cobrar». La calculadora divide el total entre (1 + IVA − IRPF). Con un 21 % y un 15 %, 1.060 € / 1,06 = 1.000 € de base. Restar porcentajes al total, en cambio, da un resultado erróneo.
Qué tipo de IVA aplicar
La mayoría de servicios profesionales llevan el 21 %. El 10 % se usa, entre otros, en hostelería, transporte de viajeros o algunas obras de vivienda, y el 4 % en productos básicos como el pan, la leche o los libros. Algunas actividades, como la sanidad o la formación reglada, están exentas.
Qué retención de IRPF aplicar
Los profesionales retienen en general un 15 %. Si te diste de alta hace poco, puedes aplicar el 7 % el año de inicio y los dos siguientes, lo que mejora tu liquidez al empezar. Las facturas a particulares no llevan retención, y muchas actividades empresariales (comercio, por ejemplo) tampoco.
El dinero que no es tuyo
El error más caro al empezar es gastarse el IVA. Ese dinero lo cobras por cuenta de Hacienda y lo ingresas cada trimestre en el modelo 303, después de restar el IVA de tus gastos. La retención, en cambio, la ingresa tu cliente por ti y se descuenta luego de tu declaración de la renta. Un buen hábito es mover el IVA a una cuenta aparte en cuanto cobras cada factura.